Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0619/2003-R
Fecha: 08-May-2003
II.3.
II.3. La imputación formal fue presentada por el Fiscal en 13 de junio de 2002 (fs. 111 a 116), en la que sindicó al recurrente de la presunta comisión de los delitos previstos por los arts. 132, 142, 145, 221 y 224 CP. Asimismo, solicitó la detención preventiva de los imputados, entre ellos, del actor. Conforme a lo expresado en audiencia por la Jueza Cautelar co - recurrida, a pedido de Carlos Barrón Nogales, cesó la detención preventiva ordenada por su autoridad, manteniéndose esa determinación en la alzada planteada por el Ministerio Público.