Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0650/2003-R
Fecha: 13-May-2003
II.3
II.3 Los procesados adjuntando certificación de que la Jueza Sumariante no se encuentra inscrita en el Colegio de Abogados pidieron su cambio y que el procedimiento se retrotraiga hasta que exista un juez sumariante competente e idóneo (fs. 356 a 358), en mérito a lo cual el co-recurrido Willy Lucero fue designado como nuevo Juez Sumariante por el Director Técnico del SEPCAM también demandado, remitiéndose a su conocimiento el proceso el 29 de noviembre de 2002(fs. 335, 425).
- recurso
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- Mateo Laura Canqui, Prefecto del Departamento; Javier Terceros Cortez, Director Técnico del SEPCAM; Jenny Fernández Román, Asesora del SEPCAM y Willy Lucero Uzquiano, Juez Sumariante
- I.2.2 Informe de los recurridos
- 1)
- 2)
- II.1
- II.3
- II.4
- II.5
- II.6
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- , dado que donde se deben reparar los derechos fundamentales lesionados es en el mismo proceso, o en la instancia donde han sido conculcados
- APROBAR