SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0659/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0659/2003- R

Fecha: 15-May-2003

I.1.1 Hechos que motivan el recurso.

Que dentro del fenecido proceso de divorcio que siguió su representado contra su ex esposa Julieta Moreira Guzmán, se dictó sentencia declarando probada la demanda de divorcio fijándose la asistencia familiar de Bs400.- mensual en favor de su hija Mayra Indira, en el errado entendido de que ella estuvo con su madre, pero por Decreto de 5 junio de 1996, ante la renuncia de la demandada a dicha asistencia, la jueza resolvió que: “Habiéndose decidido por la madre que todos los hijos estén con el padre  incluyendo a la menor Mayra que estaba con ella, se dispone en la forma solicitada quedando sin efecto para fines de ley”, quedando esta resolución ejecutoriada porque ninguna de las partes apeló. Desde entonces, la nombrada desapareció hasta 1999, cuando se hizo cargo de Mayra; para la que el 2 de agosto de 2002 pidió liquidación de pensiones, sucede que el Juez de la causa sin tomar en cuenta que la asistencia familiar quedó sin efecto y sin hacerle conocer, las pretensiones de la madre de la menor al representado, ordenó se proceda a realizar la liquidación cuyo monto debía ser pagado en tercero día bajo apremio. Cuando se reclamó sobre ello, el recurrido señaló audiencia de conciliación en la que al finalizar dictó el Auto de 15 de enero de 2003 modificando el decreto de 5 de junio de 1996 dando aplicación al art. 149 del Código de Familia (CF), cuando lo que debió exigirse era que la peticionante pida nueva fijación  y que se ponga la misma en conocimiento de su representado y no resolver como lo hizo condenándolo a ser deudor de Bs16.000.-, conminándole al pago, pero como no pudo cumplir -porque no era justo pagar una asistencia familiar inexistente-, el juez recurrido expidió mandamiento de apremio  encontrándose a la fecha su representado perseguido ilegalmente sin que hubiera sido sometido a un debido proceso.