SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0659/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0659/2003- R

Fecha: 15-May-2003

II.4

II.4     Que efectuada la liquidación el recurrido decretó sea pagada la suma de Bs16.000.- por el representado a tercero día bajo conminatoria de apremio, con lo que se le notificó en el tablero del juzgado y (fs. 167, 168), pero el obligado considerando que no fue notificado legalmente con el Auto de 15 de enero de 2003,  planteó incidente de nulidad que fue rechazado por Auto de 21 de febrero de 2003, con el fundamento de que el recurrente señaló domicilio procesal en el tablero del juzgado contra dichas decisiones no planteó recurso alguno (fs. 169-170, 190).