SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0663/2003-R
Fecha: 19-May-2003
II.4
II.4 La Jueza Cautelar de San Joaquín, el 9 de octubre de 2002 a horas 15:40, conmina al Fiscal del Distrito del Beni para que presente acusación u otra solicitud conclusiva dentro del plazo de cinco días conforme a lo previsto por el art. 134 CPP ( fs. 32), a cuyo vencimiento, por Auto de 14 de octubre de 2002, la autoridad jurisdiccional declara extinguida la acción penal, con el fundamento de que desde la detención de los imputados 24 de marzo hasta el 24 de septiembre de 2002, han transcurrido seis meses sin que el Ministerio Público haya acusado o presentado alguna solicitud conclusiva, no obstante a su conminatoria para que lo haga en el plazo de cinco días, resolución con la que se notificó a la Fiscal de Materia mediante orden instruida el 17 de octubre de 2002 (fs 33, 34 a 38) .