SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0663/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0663/2003-R

Fecha: 19-May-2003

III.4

III.4          Remitidos los antecedentes a la Corte Superior del Distrito Judicial del Beni, las vocales de la Sala Penal -ahora recurridas- pronuncian el Auto de Vista de 14 de febrero de 2003, que declara procedente la apelación y deliberando en el fondo anula el Auto apelado que declara la extinción de la acción, sin que ello constituya un acto ilegal ni omisión indebida, que vulnere el derecho a la defensa  que invoca en el recurso, más aún si se tiene presente que la extinción  de la acción no se opera por el sólo transcurso del tiempo como asevera el recurrente, más por el contrario  las autoridades demandadas dieron correcta aplicación a las disposiciones legales que regulan el régimen de la extinción la que no se ha operado, por haberse presentado la acusación por parte del Ministerio Público ante el Tribunal de Sentencia de Turno de Santa Ana de Yacuma, antes de que la Jueza Cautelar de San Joaquín conmine al Fiscal de Distrito, de manera que tanto esta conminatoria como el Auto que declara la extinción de la acción penal, fueron dictados cuando la autoridad jurisdiccional ya había perdido competencia para ello, lo que determina la improcedencia del recurso.