SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0663/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0663/2003-R

Fecha: 19-May-2003

III.2

III.2          Concluida la etapa preparatoria el 24 de septiembre de 2002, la Fiscal de Materia Adjunta de Sustancias Controladas, presentó en 9 de octubre de 2002, a horas 10:00 al Tribunal de Sentencia de turno de Santa Ana de Yacuma, el Pliego Acusatorio contra el recurrente y otros por el delito de transporte de sustancias controladas, cumpliendo aunque con retraso con lo previsto por el art. 323.1) CPP. En la misma fecha a horas 10:30, el recurrente solicita a la Jueza Cautelar de San Joaquín declare la extinción de la acción seguida en su contra al no haber presentado la acusación el Ministerio Público, empero la mencionada autoridad el mismo día a horas 15:40, desconociendo que ésta fue presentada ante el Tribunal de Sentencia de Santa Ana de Yacuma, conmina al Fiscal de Distrito del Beni para que presente acusación u otra solicitud conclusiva dentro del plazo de cinco días, en cumplimiento del art. 134 CPP, vencido el cual dictó el Auto de 14 de octubre de 2002, que declara extinguida la acción penal.