SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0665/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0665/2003-R

Fecha: 19-May-2003

representante del Ministerio Público

La representante del Ministerio Público emite dictamen porque se declare procedente el recurso con los argumentos de que  el auto cuestionado no tiene mayor asidero legal basado en la declaración voluntaria prestada ante Notario de Fe Pública y no ante la autoridad jurisdiccional, resultando ser falto de motivación y fundamentación lo que infringe el debido proceso y la seguridad jurídica, incurriendo las vocales recurridas en omisión indebida.