Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0679/2003-R
Fecha: 20-May-2003
III.5.
III.5. Que, respecto a que el Juez recurrido hubiera negado la apelación interpuesta por el recurrente contra la Resolución que le otorga las medidas sustitutivas a la detención, no es evidente, pues como confiesa la autoridad judicial no negó el recurso debiendo el cuadernillo procesal ser remitido cuando el recurrente provea los recaudos de ley.