SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0682/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0682/2003-R

Fecha: 20-May-2003

la nueva sociedad incorporante

Que, en este caso se evidencia que el Banco de Crédito S.A. de manera negligente, en forma posterior a la Sentencia y a su declaratoria de ejecución, recién se apersona al proceso y a través de un recurso mal planteado (reposición con apelación alternativa), pidiendo la nulidad alegando fraude procesal; con lo que pretende eludir la previsión de los arts. 378 inc. 7) y 405-II del Código de Comercio (CC), según el cual la nueva sociedad incorporante (Banco de Crédito S.A.), adquirirá los derechos y obligaciones de la disuelta (Banco de La Paz S.A.), al producirse la transferencia total de sus respectivos patrimonios como consecuencia del convenio definitivo de fusión.

Que, por la precedente relación se tiene que no se ha lesionado el derecho a la defensa del Banco de Crédito S.A. (como alega la autoridad recurrida). En consecuencia, al no haberse lesionado derecho fundamental de ninguna de las partes del proceso (ni del Banco de Crédito S.A.), corresponde ejecutarse la sentencia de 28 de enero de 2002.