Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0696/2003- R
Fecha: 22-May-2003
II.2
II.2 Que, la citada sentencia fue remitida vía fax al Juzgado a cargo del recurrido Juez de Sentencia el 20 de marzo de 2003 a hrs. 10:37 A.M., habiendo dicha autoridad decretado “cúmplase” en la fecha, empero sin expedir el mandamiento de libertad se notificó al recurrente a hrs. 17:30, habiéndose devuelto el expediente al Juzgado a cargo del Juez Cautelar a hrs. 11:00 del 21 de marzo de 2003 (fs. 621 vta.). En la misma fecha a hrs. 16:00, el Fiscal presentó otra imputación formal por el delito de hurto agravado y otros, a raíz de otra denuncia presentada contra el recurrente (fs. 650-651, 655).