Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0696/2003- R
Fecha: 22-May-2003
II.3
II.3 Que el 22 de marzo tanto la SC 318/2003-R como la citada imputación pasaron a despacho del recurrido Juez Cautelar, quien respecto a la sentencia por decreto de la misma fecha dispuso que se cumpla, se expida el mandamiento de libertad empero “previa constitución de la fianza personal respectiva” a cuyo efecto fijó hora para las 16:00, con lo que se notificó al recurrente a hrs. 11:30 de la misma fecha. Con relación a la imputación decretó audiencia de control jurisdiccional a hrs. 15:30 también de la misma fecha, notificándose con ello al recurrente a hrs. 11:57 (fs. 621, 622, 655 vta., 656).