Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0698/2003- R
Fecha: 22-May-2003
II.3
II.3 Que por nota 225/2003 de 5 de marzo de 2003, recibida por el recurrente el 10 del mismo mes y año, la autoridad recurrida le comunicó la rescisión del citado contrato por causas atribuibles a su persona, instándole a renunciar al cargo de Co-Director Nacional del Proyecto PRAS Pando, por incumplimiento de las estipulaciones contenidas en el mismo y en el Convenio de Financiación Nº BOL/B7-310/97/0406 (fs. 13-15).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- José Ricardo Shimokawa Ramos, Prefecto y Comandante General del Departamento de Pando y Orlando Spezzi, Co-Director Europeo del Proyecto de Agua y Saneamiento Básico en el Departamento de Pando (PRAS Pando)
- a)
- procedente
- II.1
- CONTRATANTE y el CONTRATADO
- II.2
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3
- REVOCA en parte