Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0704/2003-R
Fecha: 28-May-2003
III.4.
III.4. El actor no ha acreditado con documentación alguna -cual era su carga- que la sesión de 7 de marzo de 2003 haya sido convocada y realizada sin cumplir las normas que la Ley de Municipalidades establece a tal fin, en virtud de lo que no es posible ingresar a ningún análisis concerniente a esa denuncia, resultando el fundamento de la procedencia del amparo el expresado en los numerales precedentes.