Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0710/2003-R
Fecha: 28-May-2003
II.4.
II.4. Que, en ejecución de sentencia, la demandante solicita el avalúo de las mejoras introducidas en su propiedad (fs. 279), aceptándose por el juez de la causa el perito propuesto por providencia de 08 de septiembre de 2001 (fs. 280). Por Auto de 22 de febrero de 2002, la autoridad judicial aprobó el avalúo pericial en la suma de $US1.113,72.- (fs. 297 vta.); con dicho Auto los demandados fueron notificados en 05 de marzo de 2002, en su domicilio procesal (fs. 298).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- bajo ningún argumento podrá analizarse el criterio del juzgador sobre el contenido de la prueba, pues esta función es exclusiva del juzgador ordinario
- III.2.