Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0710/2003-R
Fecha: 28-May-2003
improcedente
Concluida la audiencia la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Santa Cruz, pronunció la Resolución de 27 de marzo de 2003, que corre a fojas 351 vta.-353, por la que se declara improcedente el recurso con costas y multa, con estos fundamentos: a) enumerada una serie de vicios procesales, correspondía resolver los mismos en la vía ordinaria donde se establece recursos de recusación, apelación, nulidad o casación, por los que se pudo conseguir la reparación de los actos considerados ilegales y b) el amparo no es un mecanismo sustitutivo de otros recursos.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- bajo ningún argumento podrá analizarse el criterio del juzgador sobre el contenido de la prueba, pues esta función es exclusiva del juzgador ordinario
- III.2.