Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0715/2003-R
Fecha: 28-May-2003
b)
b) El actor no agotó los recursos legales para dejar sin efecto la Resolución Municipal 005/2003, como el recurso de reconsideración incurso en el art. 22 LM, que es diferente a la solicitud de abrogatoria que presentó erróneamente, no siendo el amparo constitucional sustitutivo de otros recursos, por lo que no corresponde ingresar al análisis de fondo del asunto, aunque se hayan evidenciado irregularidades en la sesión de 21 de febrero, como la hora consignada en el acta y la convocatoria.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.2. Informe de los recurridos
- b)
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- sin que tal punto hubiera estado señalado en el orden del día y menos consignado en la convocatoria emitida para esa sesión
- son también nulas de pleno derecho a tenor del art. 16-V LM.
- de entre los miembros en ejercicio del Concejo
- III.2