Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0715/2003-R
Fecha: 28-May-2003
II.2.
II.2. Según carta de 20 de febrero de 2003, presentada a horas 17:35 de la misma fecha, el recurrente formuló renuncia irrevocable al cargo de Alcalde Municipal (fs. 64). Asimismo, cursa una Certificación expedida por la Secretaria del Concejo Municipal, en sentido de que la referida carta fue presentada por Celedonio Vallejos, a horas “14:45 pm” del 21 de febrero del año en curso (fs. 6).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.2. Informe de los recurridos
- b)
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- sin que tal punto hubiera estado señalado en el orden del día y menos consignado en la convocatoria emitida para esa sesión
- son también nulas de pleno derecho a tenor del art. 16-V LM.
- de entre los miembros en ejercicio del Concejo
- III.2