Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 588/2003-R
Fecha: 06-May-2003
II.2.
Con la demanda y el Auto intimatorio antedichos, en el formulario de notificación Nº 639571 se citó a Antonio José Suárez Parada en 2 de julio de 2001 (fs. 5), y a Viviana Yamile Olmos de Suárez, el mismo día, “en la persona de su abogado por haberse rehusado a firmar”. Se evidencia el sello y firma del abogado Carlos J. Barbery Suárez.