Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0728/2003- R
Fecha: 04-Jun-2003
II.1
II.1 Que, mediante escritura pública 235/2000 de 2 de febrero de 2000, el Banco de Crédito de Bolivia S.A. como acreedor por una parte y por otra, Jeannet Margot Gonzáles de Marín y Herbert Marcelo Marín como deudores, convienen un contrato de préstamo de dinero, constituyendo como garantía la hipoteca de un bien inmueble de propiedad de Gregorio Marín Candia y Marcela Camacho de Marín registrado en la Oficina de Derechos Reales a fs. 447, Partida Nº 105 del Libro Primero de Propiedad de la Provincia Cercado del Departamento de Cochabamba el 17 de julio de 1958 (fs. 37, 38 - 39 vlta. y 31 - 34).
- recurso de amparo constitucional
- habiéndose enterado de dicha resolución sólo recientemente debido a que el titular del juzgado donde radica la causa, ordenó la extensión de la escritura de transferencia en favor del Banco adjudicando el inmueble de su propiedad
- Carmen Canedo Canedo, Jueza Novena de Partido en lo Civil, en suplencia del Juez Octavo de Partido en lo Civil
- fs. 100 a 102
- procedente
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- 3.
- 4.
- III.3
- REVOCA