Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0744/2003-R
Fecha: 04-Jun-2003
II.6
II.6 El 18 de octubre de 2002, el recurrente ofrece prueba de descargo y opone excepciones de prejudicialidad (fs.103-104). En 25 de octubre del mismo año plantea incidente para la devolución de sus fondos retenidos en entidades bancarias (fs. 108-109). El 12 de noviembre se dicta el Auto de Apertura de juicio, señalándose audiencia para el juicio oral y público, el 19 de diciembre (fs. 106). Posteriormente en 3 de diciembre de 2002 el recurrente recusa a los Jueces Técnicos, que la rechazan en 5 del mismo mes y año (fs. 113-114 vta.).