Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0744/2003-R
Fecha: 04-Jun-2003
III.3
III.3 Con relación al proceso penal que le sigue EMALT, por la supuesta comisión de los delitos de peculado y uso indebido de influencias, cabe indicar que se lo está tramitando conforme a procedimiento, ante la acusación del Ministerio Público en su contra, haberse dictado el Auto de apertura de juicio oral y público, lo que no constituye una vulneración al debido proceso ni a su derecho a la defensa, el que lo está ejerciendo al plantear excepciones e incidentes y en caso de ser ciertas sus aseveraciones, debe impugnar los actos ilegales que considera lesionan sus derechos dentro del mismo proceso, pues el amparo constitucional no procede para cancelar procedimientos judiciales.