SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0748/2003- R
Fecha: 04-Jun-2003
I.1.1 Hechos que motivan el recurso
Que mediante Resolución Municipal 10/2001 de 21 de marzo de 2001, fue designado Alcalde Municipal de Chuma, empero el 3 de enero del año en curso, los recurridos fueron sorprendidos “fraguando” una sesión de Concejo pretendiendo efectuar el cambio de las autoridades municipales, lo que fue rechazado por los presentes dando lugar a la suspensión de la sesión por estar plagada de irregularidades, pero no obstante a ello, se hizo propagar el rumor de que su persona había renunciado a su cargo de Alcalde, por lo que en la misma fecha presentó nota desmintiendo haber firmado la supuesta carta de renuncia, teniendo la Directiva la obligación de ponerla a conocimiento del Concejo en el plazo de 15 días, pero no se le respondió, por lo que el 27 de enero de 2003, solicitó la reconsideración de la Resolución fraguada donde se aceptó la renuncia y se designó Alcalde a Freddy López Salas, pero al percibir que no se tenía intención de dejar sin efecto su destitución solicitó ante la autoridad competente se realice estudio grafológico de su firma, teniéndose como resultado que la firma de la carta de renuncia no guarda relación con sus firmas de comparación proporcionadas, de manera que se ha establecido que no existió tal renuncia, lo que hace ilegal la Resolución que la aceptó, máxime si habiendo transcurrido un año de su elección no se implementó el voto de censura constructivo establecido en los arts. 50 y 51 de la Ley de Municipalidades (LM).
- recurso
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- Freddy López Salas, Aurelio Vasquez Bazán, Juan Kuno Paja y Elena Ilaria Mamani, Concejales de la Primera Sección Municipal de la Provincia Muñecas del Departamento de La Paz
- I.2.1
- a)
- procedente
- II.3
- II.4
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- APRUEBA