Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0748/2003- R
Fecha: 04-Jun-2003
II.5
II.5 Que, tanto la parte recurrente, como la recurrida, mediante solicitud obtuvieron estudios periciales grafotécnicos a fin de determinar la autenticidad de la firma de la carta de renuncia, los cuales son contradictorios, pues en uno se concluye que la firma en la carta de renuncia del recurrente no guarda relación con las firmas de comparación y en el otro que sí guarda relación (fs. 13-15, 57-62).
- recurso
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- Freddy López Salas, Aurelio Vasquez Bazán, Juan Kuno Paja y Elena Ilaria Mamani, Concejales de la Primera Sección Municipal de la Provincia Muñecas del Departamento de La Paz
- I.2.1
- a)
- procedente
- II.3
- II.4
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- APRUEBA