Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0759/2003-R
Fecha: 04-Jun-2003
II.2
II.2 En ejecución de sentencia, el ejecutante solicitó al Juez de la causa notifique a la Alcaldía de Capinota para que certifique cuál es el valor catastral del inmueble del ejecutado, petición que fue deferida por Auto de 14 de mayo con la que es notificado el ejecutado en 15 de mayo de 2001, dejando copia en su domicilio ubicado en la calle Augusto Larraín 12 (fs. 62-63). Posteriormente, mediante memoriales de 21 de mayo y 26 de junio del mismo año, el ejecutado solicitó legalización de documento y contracautela (fs. 66 y 69).