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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0783/2003-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0783/2003-R

    Fecha: 10-Jun-2003

    b)

    b)  El Juez recurrido, en conocimiento de esos antecedentes, tiene elementos de juicio suficientes para efectuar la audiencia de medida cautelar y determinar lo que corresponda en ley, estando habilitado para realizar el acto procesal solicitado, aspecto que la autoridad demandada no ha comprendido incurriendo en una omisión indebida.

    • recurso
    • I.1.1.     Hechos que motivan el recurso
    • Fragmento 3
    • procedente
    • a)
    • b)
    • II.1
    • II.2.
    • II.4.
    • II.5.
    • III.    FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.
    • III.3

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