Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0802/2003-R
Fecha: 11-Jun-2003
II.6.
II.6. Que, el fundamento de la mencionada RM 040/2002, radica en que algún Concejal intentó boicotear tareas del ejecutivo municipal, por lo que serán las OTBs y Comités de Vigilancia los guardianes del cumplimiento de esa Resolución; no se hace ninguna mención a ninguna solicitud de licencia del recurrente (fs. 36). No existe acta de la Sesión Extraordinaria de 21 de noviembre de 2002, como se evidencia en el Libro correspondiente (fs. 93, Libro de Actas págs. 51 a 59).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- procedente
- 1.3. Trámite procesal en el Tribunal
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.