Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0806/2003-R
Fecha: 11-Jun-2003
II.4.
II.4. Que, al no haberse llegado a ningún acuerdo en la audiencia conciliatoria, la autoridad demandada mediante Auto de 17 de enero de 2003, dispone la apertura del juicio oral contra Gloria Elizabeth López y convocando a juicio señala audiencia para su celebración, por la presunta comisión del delito de daño simple y no así por el delito de despojo que subsume el delito de perturbación de posesión, por haber sido juzgada la querellada anteriormente con sentencia dictada el 1 de marzo de la gestión de 1999 (fs. 8).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- procedente
- 1.3. Trámite procesal en el Tribunal
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la discrecionalidad del acusador particular para tipificar el objeto del juicio.-
- III.2. La calificación del hecho en supuestos de concurso de delitos y de leyes.-
- APROBAR