SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0807/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0807/2003- R

Fecha: 16-Jun-2003

II.2

II.2     Que el 6 de febrero de 2003, el SIN mediante Auto Motivado Nº 07/2002 ante la solicitud planteada por el recurrente en representación de la citada empresa, deniega la misma con el fundamento de que el trámite de solicitud de devolución impositiva del contribuyente CIMA/IMR LTDA. se encontraba en proceso y mientras dicha devolución no sea aprobada y los valores endosados a favor de la empresa SERVICIOS Y CONSTRUCTORA RODA S.A., ésta debía realizar los pagos de la deuda al Fisco (fs. 33).