SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0814/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0814/2003-R

Fecha: 17-Jun-2003

III.1

III.1          El recurso de hábeas corpus, tiene por finalidad esencial garantizar la libertad personal y de locomoción, y procede cuando una persona creyere encontrarse indebida e ilegalmente perseguida, procesada o presa, siendo necesario aclarar que cualquiera de estas situaciones deben estar estrechamente vinculadas con el derecho a la libertad  individual,   y que la protección que brinda en cuanto a la vulneración de otros derechos abarca sólo a aquellos que están directamente vinculados con la privación de libertad, quedando por tanto las demás situaciones bajo la tutela que brinda el art. 19  CPE. Así lo ha establecido la jurisprudencia sentada por este Tribunal, como en las SC 290/02-R: “…, los actos tachados de ilegales no han atentado en modo alguno ni puesto en peligro el derecho a la libertad del recurrente y su representado, pues éstos no se encuentran detenidos, ni la recurrida ha ordenado ni expedido en su contra mandamiento de aprehensión alguno, por lo que la problemática planteada no corresponde ser analizada en el presente Recurso”.