SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0814/2003-R
Fecha: 17-Jun-2003
improcedente
Concluida la audiencia el Tribunal de hábeas corpus pronuncia Resolución que declara improcedente el recurso con los siguientes fundamentos: 1) el recurrente está sometido a proceso disciplinario policial que se encuentra en la etapa del plenario, donde debe hacer valer sus supuestos derechos que invoca como violados; 2) el recurrente ha confesado no tener ninguna prueba que sustente su pretensión, lo que impide al Tribunal ingresar a mayor análisis sobre la demanda de hábeas corpus; 3) se ha cumplido con un trámite legal y correcto dentro del proceso disciplinario, adecuado a las normas establecidas en el Reglamento de Disciplina y Sanciones de la Policía Nacional, ello evidencia que el recurrente no está perseguido ilegalmente por los demandados, quienes no han vulnerado ninguna disposición de la Constitución Política del Estado.