Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0831/2003-R
Fecha: 17-Jun-2003
APROBAR
El Tribunal Constitucional en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19.IV y 120.7ª CPE y arts. 7.8ª y 102.V LTC, en revisión resuelve APROBAR con los fundamentos precedentes, la Resolución de fs. 60 a 63 de 31 de marzo de 2003, pronunciada por el Juez de Partido y Sentencia de Sica Sica, Provincia Aroma del Distrito Judicial de La Paz, con la modificación de que una vez restituido como Presidente del Concejo Municipal de Calamarca, debe realizar la convocatoria para la elección del Directorio.