Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0863/2003- R
Fecha: 25-Jun-2003
II.2
II.2 Que, el 28 de marzo de 2002, el representante de los deudores, solicitó el desembargo del inmueble ubicado en el lugar denominado la Victoria del Cantón Mendoza de la zona Tropical del Chapare, ya que al tratarse de un solar campesino con una extensión superficial de 10 hectáreas, era inembargable por estar protegido por los arts. 169 CPE y 41 de la Ley del Servicio Nacional de Reforma Agraria (LSNRA), por lo que pidió se suspenda el remate señalado para el 1 de abril de 2002, empero el juez corrió traslado sin suspender el remate señalado (fs. 34-35).