Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0875/2003-R
Fecha: 25-Jun-2003
III.5
III.5 Al respecto la uniforme jurisprudencia constitucional, ha establecido entre otras en la SC 1446/2002-R: “que cuando una Resolución Judicial ilegal y arbitraria afecta al contenido esencial de un derecho fundamental como sucede en el presente caso, no puede sustentar su ilegalidad bajo una supuesta "cosa juzgada"; abriéndose en ese caso inexcusablemente el ámbito de protección del Amparo Constitucional consagrado por el art. 19 de la Constitución Política del Estado”. Línea jurisprudencial aplicable en el caso de autos, a fin de restablecer los derechos conculcados del recurrente.