Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 853/2003-R
Fecha: 24-Jun-2003
II.6.
II.6. En la cédula de identidad expedida en la ciudad de Oruro renovada el 22 de abril de 2003 (fs. 9) , consta que el nombre correcto del representado del recurrente es Pedro Gastelú Guillen, contra quien se siguió el proceso habiendo existido error en la primera letra del apellido paterno (C por G) en la sentencia y en mandamiento de condena:
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2. En la etapa del plenario
- II.3.
- II.4. En 31 de agosto de 2000 (fs. 73-74)
- II.5. Ejecutoriada la Sentencia
- II.6.
- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- se tendrá por no existente e igualmente el procedimiento que la hubiere declarado”
- no ha sido juzgada en proceso legal.
- haber sido oído y juzgado en proceso legal;
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- III.7.
- 1. REVOCAR EN PARTE