SENTENCIA CONSTITUCIONAL 853/2003-R
Fecha: 24-Jun-2003
III.4.
III.4. Sin embargo de lo anterior, el referido juzgador no precauteló la igualdad procesal de las partes, dado que el ejercicio del derecho de defensa del rebelde no se dio; pues el defensor de oficio no presentó ninguna prueba, ni observó la contraria, y en la audiencia de conclusiones indicó que no pudo asumir defensa plena de los rebeldes toda vez que éstos se encontraban prófugos, pidiendo se les imponga la pena de 3 años de reclusión por la comisión del delito de estafa. Posteriormente se dictó sentencia condenatoria con la que se notificó al defensor de oficio, quien no planteó recurso de apelación, permitiendo la ejecutoria del fallo. En sí, el defensor de oficio hizo un mero acto de presencia en el proceso; razón por la cual Pedro Gastelú Guillen fue juzgado en un proceso en el que no asumió defensa.
Por lo precedentemente referido, se concluye que en el plenario existió lesión al derecho a la defensa del representado del recurrente habiéndose desarrollado el proceso con las irregularidades referidas; habiendo el Juez recurrido Winner Barriga incurrido en omisiones indebidas que vulneran los derechos de Pedro Gastelú Guillen, afectando directamente su derecho a la libertad, pues existe un mandamiento de condena, emergente de un procesamiento indebido.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2. En la etapa del plenario
- II.3.
- II.4. En 31 de agosto de 2000 (fs. 73-74)
- II.5. Ejecutoriada la Sentencia
- II.6.
- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- se tendrá por no existente e igualmente el procedimiento que la hubiere declarado”
- no ha sido juzgada en proceso legal.
- haber sido oído y juzgado en proceso legal;
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- III.7.
- 1. REVOCAR EN PARTE