Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0069/2003
Fecha: 22-Jul-2003
II.2
II.2 El 23 de noviembre de 2001, se procede al remate del inmueble ubicado en Villa Bolívar de El Alto-La Paz correspondiente al 33,33% de las acciones y derechos que corresponden a la ejecutada y co-propietaria Martha Lucana Choque y ante la ausencia de postores se adjudica el mismo al ejecutante -ahora recurrente- Alberto Perales Vera ( acta de fs. 3), con el que es notificado el 7 de enero de 2002 (fs. 4 vta.). El 18 de enero del mismo año, por Auto de 18 de enero de 2002 se aprueba el remate al no haber sido observado (fs. 7 vta.), siendo notificado el recurrente el 30 del mismo mes y año (fs. 8).