Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0069/2003
Fecha: 22-Jul-2003
III.3
III.3 De acuerdo con los datos procesales examinados, resulta que la Sala Civil recurrida dictó la Resolución A.I. 153/02 de 11 de marzo de 2003 impugnada sin competencia, una vez que la convocatoria al vocal Alfredo Chávez Pérez no se la hizo dentro de los plazos legales indicados causando con ello la nulidad del citado Auto, por habérselo emitido fuera del término legal conforme se tiene demostrado.