Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0069/2003
Fecha: 22-Jul-2003
II.6
II.6 Mediante Resolución A.I. 153/02 de 11 de marzo de 2003, la Sala Civil Primera de la Corte Superior de Distrito, anula obrados hasta fs. 312 inclusive (del expediente original), es decir hasta el Auto que dispone el remate del 33,33% de la ejecutada Martha Lucana Choque, con el argumento de no haberse acreditado la proporción de acciones que a ésta le corresponden legalmente y al existir un acreedor hipotecario sobre el inmueble de copropiedad de los herederos Lucana (fs. 40), fallo cuya nulidad se impugna a través de este recurso.