Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0896/2003- R
Fecha: 01-Jul-2003
II.2
II.2 Que por decreto de 21 de abril de 2003, el recurrido señaló día y hora para recibir la declaración de varios procesados, como la del recurrente para quien fijó audiencia para el día lunes 8 de mayo (fs. 24), quien enterado de esta determinación, el 7 de mayo de 2003, le solicitó deje sin efecto dicho acto y resuelva la cuestión previa planteada, empero el recurrido providenció al día siguiente que se cumpla con la vista fiscal y que esté al señalamiento de la audiencia (fs. 26 y vta.).