Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0902/2003-R
Fecha: 01-Jul-2003
I.2.2 Informe del recurrido
Por informe corriente a fs. 92, la autoridad recurrida expresa que admitió una demanda interpuesta contra la hoy recurrente, indicando que desconocía el domicilio de la demandada, por lo que su autoridad dio cumplimiento al art. 124-III CPC, y confiando en la buena fe de la demandante, ordenó la citación mediante edictos de prensa, previo juramento de desconocimiento de domicilio.