SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0902/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0902/2003-R

Fecha: 01-Jul-2003

II.2

II.2     El 5 de agosto de 1999, la Notaria de Fe Pública  46 de Santa Cruz  hizo entrega de una carta en su domicilio  a Andrea de Chazal, hija de la recurrente, misiva por la cual Diva Mayser Hurtado solicitó a la hoy actora la devolución del capital anticrético al no haberse ejecutado el correspondiente contrato (fs. 5), y luego, el 3 de noviembre de 2000, la Notaria de Fe Publica de San Borja entregó en su domicilio a la hoy recurrente otra carta de 23 de octubre de 2000, por la cual se reitera la devolución del capital anticrético (fs. 6).