Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0923/2003-R
Fecha: 01-Jul-2003
II.5
II.5 El 11 de abril de 2003, en ejecución de fallos ejecutoriados, Apolinar Roberto Caro Miranda -hoy recurrente- en su condición de propietario de los lotes de terrenos señalados en el punto II.2, acudió ante la Jueza recurrida suscitando incidente de nulidad de obrados al no haber sido parte en el proceso interdicto referido (fs. 25 a 27 vta.; 370 a 372 vta.); a cuyo efecto, la Jueza recurrida por proveído de 12 de abril de 2003, dispuso se ponga en conocimiento de las partes (fs. 373); habiéndose procedido a la correspondiente notificación el 15 de abril de 2003 (fs. 373).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridad recurrida y petitorio
- in extenso
- I.2.2 Informe del recurrido
- procedente
- II.1
- II.3
- II.4
- II.5
- II.6
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3
- a quien no le pueden alcanzar los efectos de la sentencia por no haber sido parte del proceso interdicto de recobrar la posesión
- III.4
- APROBAR