SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0923/2003-R
Fecha: 01-Jul-2003
procedente
Por Resolución de 21 de abril de 2003, el Tribunal de amparo declaró procedente el Recurso, en consideración a los siguientes fundamentos: a) el fundamento del recurso radica en el hecho de que la Jueza recurrida dispuso que se expida mandamiento de lanzamiento contra el recurrente del inmueble de su propiedad, sin ser parte en el proceso interdicto interpuesto por Rose Mary Peñaranda y otros contra el Gobierno Municipal de La Paz; b) en ejecución de fallos, el 10 de abril de 2002 el recurrente acudió ante la autoridad recurrida suscitando incidente de nulidad de obrados, cuando por providencia de 8 de marzo de este año la Jueza de la causa dispuso la notificación de las personas ocupantes del inmueble materia de autos para que desocupen el mismo a tercero día de su notificación, bajo conminatoria de lanzamiento; c) se ha demostrado la existencia de una demanda ordinaria seguida por María Teresa Arana Beltrán y otros contra Roberto, Sonia y Elizabeth Caro Miranda sobre mejor derecho y reivindicación del terreno en conflicto sustanciada en el Juzgado Segundo de Partido Ordinario en lo Civil; d) de acuerdo al art. 607 CPC, el recurrente no ha sido ni es parte en el proceso interdicto, para que contra él surtan sus efectos los fallos pronunciados por la Jueza recurrida, y menos para ser objeto de un lanzamiento dispuesto por dicha autoridad, sin antes haber sido escuchado en proceso legal conforme dispone el art. 16 CPE; e) el recurrente presentó documentación de su derecho propietario de los terrenos motivo del amparo y, no habiendo sido parte en el proceso interdicto, no le alcanza la ejecución de fallos, en consecuencia, no puede ser objeto de lanzamiento.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridad recurrida y petitorio
- in extenso
- I.2.2 Informe del recurrido
- procedente
- II.1
- II.3
- II.4
- II.5
- II.6
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3
- a quien no le pueden alcanzar los efectos de la sentencia por no haber sido parte del proceso interdicto de recobrar la posesión
- III.4
- APROBAR