SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0935/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0935/2003-R

Fecha: 07-Jul-2003

a)

Los abogados del recurrente  ratifican los términos del recurso planteado y los amplían manifestando: a) nuestro ordenamiento jurídico es de cumplimiento obligatorio porque en él está la norma escrita la que no se cumplió en el presente caso, vulnerando así el derecho  a  la defensa de su representado, ocasionando este hecho que se encuentre actualmente recluido en el penal de San Sebastián por orden de un mandamiento que se expidió erróneamente por cuanto su representado es Pedro Gastelú y no Castelú, por lo que solicitan la procedencia del recurso;  b) ha sucedido asimismo un hecho insólito cual es el haber sido condenado su representado antes de que se efectúe la apertura de debates pues se lo sentenció a horas 10:30 y a horas 14:30 se efectuaron los trámites procedimentales señalados, llamando la atención que en esa misma fecha 31 de agosto de 2000 se realicen los actos procesales condenándolo primero antes de ser oído, vulnerando de esta manera su derecho a la defensa.