SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0935/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0935/2003-R

Fecha: 07-Jul-2003

III.    FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO

El recurrente señala que su representado fue procesado indebidamente por los recurridos a cuya consecuencia han vulnerado su derecho a la libertad, por cuanto en el proceso penal que siguió  Zenón  Cardozo Bustos en su contra y otros, por el delito de estafa, tanto en la fase de la instrucción como en el plenario de la causa se han cometido irregularidades tales como la de haberlo citado mediante edictos incumpliendo requisitos exigidos por ley, por lo que su declaratoria de rebeldía y contumacia fueron declaradas sin jurisdicción ni competencia por la autoridad jurisdiccional, quien expidió mandamiento de condena contra Pedro Castelú Guillen siendo así que su apellido es Gastelú, y por el que se encuentra privado de su libertad cumpliendo una condena impuesta dentro de un proceso en el que fue juzgado en rebeldía y cuyo abogado defensor no asumió su defensa. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión si tales extremos son ciertos y si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 18 CPE.