SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0996/2003- R
Fecha: 14-Jul-2003
II.2
II.2 Que, el 3 de octubre de 1997, se dictó sentencia condenando al recurrente a 10 años de presidio, habiendo el abogado defensor en la audiencia de lectura de sentencia anunciado recurso de apelación (fs. 515-518, 519). Dicha sentencia luego de ser notificada por edicto (fs. 535) al recurrente, fue confirmada en apelación mediante Auto de Vista de 10 de marzo de 1998, que fue también notificado por edicto (fs. 539-541, 546). Al encontrarse ejecutoriado el citado Auto por declararse improcedente el recurso de casación o nulidad interpuesto por la esposa del procesado Jorge Vaca Coimbra y siendo devuelto el expediente al juzgado de la causa, se ordenó librarse los mandamientos de condena (fs. 573, 577).
- recurso
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- Adhemar Rueda Esquivel y Julio Nelson Alba, Jueces del Tribunal Tercero de Partido de Sustancias Controladas
- I.2.2 Informe de las autoridades recurridas
- procedente
- (fs. 347 - 348)
- (fs. 683),
- II. 1
- II.2
- II.3
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3
- III.4
- REVOCA