SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0999/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0999/2003-R

Fecha: 16-Jul-2003

IMPROCEDENTE

La  Sentencia cursante a fs. 23 vta. a 25, pronunciada el 23 de abril de 2003 por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, declara IMPROCEDENTE el recurso, con estos fundamentos: 1) la utilización del presente amparo solamente tiene como objeto el tratar de utilizar la vía constitucional para enmendar la falta de actividad de la parte al no reclamar, con los recursos que la ley le franquea, el Auto dictado por el Juez en 7 de noviembre de 2002,  que de manera oficiosa  fue modificado sustancialmente por esa autoridad judicial con la Resolución de  31 de enero de  2003, es decir, dos meses y veinte días después; 2) el Auto de 7 de noviembre de 2002  estaba ejecutoriado de acuerdo al art. 126 CPP, y su alteración, cuando ninguna de las partes formuló recurso alguno en su contra,   acarrea inseguridad jurídica; 3) la actuación de la Sala Penal primera en el Auto de Vista impugnado por el actor, no ha ingresado a analizar nada relativo a la admisión o no de  la conversión de la acción, sino que ha advertido y reparado la actuación irregular del Juez  inferior, por lo que no existe acto ilegal que se atribuya a los recurridos.