SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1006/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1006/2003- R

Fecha: 17-Jul-2003

III.2

“(...) la Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras mediante la Resolución SB 007/2001 de 29 de enero de 2001, ha aprobado el Reglamento para funcionamiento del servicio de atención de reclamos y consultas en el sistema financiero, el cual es aplicable a todas las instituciones de intermediación financiera que operen en el territorio nacional, según dispone el art. 3 del mismo Reglamento.”

     (...) dicho Reglamento prevé el procedimiento y los requisitos que debe cumplir un reclamo presentado por el cliente o usuario tanto ante la misma entidad financiera como también ante la Superintendencia referida; vale decir, que cuando una persona, ya sea cliente o usuario del Banco, tenga que efectuar un reclamo debe necesariamente seguir el procedimiento que está previsto en el Reglamento referido.”