Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1030/2003-R
Fecha: 21-Jul-2003
Fragmento 17
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18.III y 120.7 CPE y 7.8 y arts 89 y siguientes de la Ley del Tribunal Constitucional, resuelve, en revisión, APROBAR con el fundamento precedente la Resolución de 6 de junio de 2003 pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito de Cochabamba.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad o persona recurrida y petitorio
- La jueza recurrida
- procedente
- 1)
- 2)
- II.1
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1 Sobre el principio general de irretroactividad de la ley.-
- III.2 El principio de favorabilidad, como excepción al principio de irretroactividad de la ley penal y sus alcances.-
- Fragmento 13
- III. 3
- III.4.
- III. 6
- Fragmento 17